sábado, 27 de junio de 2009

RECTORCER LA CONSTITUCIÓN


El artículo 215 de la Constitución, hoy citado por los rectores universitarios para invalidar el artículo 5 de la Ley de Comisiones de Postulación, avalados provisionalmente por la Corte de Constitucionalidad, dice claramente que en las votaciones tanto para integrar la Comisión como para la integración de la nómina de candidatos no se aceptará representación. La interpretación que cabe de esta disposición, al tenor literal de la misma, es que en aquellos casos en que exista un proceso de votación, ya sea para integrar la Comisión o para elegir a la nómina de candidatos para la Corte Suprema, no se puede votar ejerciendo una representación.
El precepto se refiere exclusivamente a eliminar la posibilidad de voto mediante representante. En ningún momento establece la obligación de que todos los integrantes de la Comisión (incluido un representante de los rectores) deban ser electos “por votación”. La Constitución debe interpretarse en forma extensiva en cuanto a derechos ciudadanos, pero ello no es motivo para agregarle disposiciones que no están allí. Ahora bien, la legislación si puede ser un instrumento para desarrollar ciertos temas siempre y cuando no contravenga la Constitución.
En cuanto a la designación de los miembros de la Comisión, la Constitución es clara e inequívoca: será integrada por uno de los rectores de las universidades, los decanos de las facultades de Derecho, un número equivalente de representantes electos por la Asamblea General del Colegio de Abogados, y por igual número de representantes electos por los Magistrados de la Corte de Apelaciones.
Nuevamente, en cuanto al representante de los rectores, la Constitución en ningún lugar impone la obligación de que el mismo deba ser designado por “votación”, es más ni siquiera se emplea la palabra “electo”, y aunque así fuese, una “elección” se puede hacer por votación o por sorteo. Por lo tanto, es indiscutible que el artículo 5 hoy impugnado de ninguna manera riñe con el texto constitucional.
En cuanto a los decanos, ni comentar. Los únicos dos casos en que la Constitución habla de una “elección” (no votación) se refieren específicamente a los representantes del Colegio de Abogados y de la Corte de Apelaciones. Aún así, repito, el texto dice “electos” y no “votación” de manera que hasta allí cabría la posibilidad del sorteo.
Este es un tema que debe ser defendido desde una correcta interpretación jurídica, y no porque es lo favorable ante la opinión pública. Pero si ésta es tan clara para mí y muchos, ¿por qué no lo querrán ver así los rectores y la Corte de Constitucionalidad?

martes, 9 de junio de 2009

APOYEMOS A UN TALENTOSO JOVEN GUATEMALTECO

Hedras Ramos es un joven guatemalteco de 17 años que a su corta edad es ya un excepcional guitarrista reconocido mundialmente y que está a punto de competir en la final del concurso "Guitar Idol" en Inglaterra junto a otros 11 finalistas, luego de una selección mundial que inició con más de 1,200 participantes. Durante años he visto muchísimos guatemaltecos con talento desbordante, como el de Hedras, pero que difícilmente alcanzan el reconocimiento nacional o internacional que merecen. Así como los chapines nos entusiasmamos por los logros de nuestros compatriotas Carlos Peña y Faby, hoy deberíamos hacerlo por este virtuoso músico, que aparte de todo ejemplifica valores positivos para las jóvenes generaciones.
Como guitarrista que he sido por más de 20 años no puedo esconder mi personal interés en este tema, y a la vez me sirvo de esa experiencia para citar a Hedras como un magnífico ejemplo de individualismo. Como con cualquier instrumento, pero en especial uno tan difícil de dominar como la guitarra, el reto para el individuo es con uno mismo, no hay adversario ni quien pueda constituirse en obstáculo en cuanto a qué tanto se puede crecer musicalmente. Hoy Hedras nos demuestra que el límite al potencial de cada individuo lo definimos nosotros mismos en cuanto somos libres de perseguir nuestras metas e ideales.
Felicitaciones Hedras y te deseamos el mejor de los éxitos.